Conflicto entre los dos ex presidentes
El Real Betis Balompié ha hecho público un comunicado en su página web en el que habla de la causa que tienen pendiente Hugo Galera y Manuel Ruiz de Lopera. En dicho comunicado se explica que “la Audiencia de Sevilla (sección 7ª) ha estimado el recurso de apelación interpuesto por D. Manuel Ruiz de Lopera tras haber archivado el Juzgado de instrucción número siete de Sevilla la querella contra D. Hugo Galera Davidson por los hechos acontecidos el día 21 de Julio de 2006 en el Hotel Colón. La Audiencia de Sevilla cree que hay indicios suficientes para no archivar el caso, y por entender que el auto del juzgado de instrucción que acordó el sobreseimiento y archivo de la querella interpuesta por el señor Lopera, carecía de la motivación legalmente necesaria, y por lo tanto las actuaciones se remitirán al juzgado de instrucción para que continúe la tramitación de la causa por los presuntos delitos de calumnia e injurias contra el señor Galera, y en todo caso se dicte la resolución que sea ajustada a derecho y en la forma establecida en el artículo 248.2 LOPJ”.
Fuente:
http://www.alfinaldelapalmera.com/index.php?option=com_content&task=view&id=5043&Itemid=38[url][/url]
El Real Betis Balompié ha hecho público un comunicado en su página web en el que habla de la causa que tienen pendiente Hugo Galera y Manuel Ruiz de Lopera. En dicho comunicado se explica que “la Audiencia de Sevilla (sección 7ª) ha estimado el recurso de apelación interpuesto por D. Manuel Ruiz de Lopera tras haber archivado el Juzgado de instrucción número siete de Sevilla la querella contra D. Hugo Galera Davidson por los hechos acontecidos el día 21 de Julio de 2006 en el Hotel Colón. La Audiencia de Sevilla cree que hay indicios suficientes para no archivar el caso, y por entender que el auto del juzgado de instrucción que acordó el sobreseimiento y archivo de la querella interpuesta por el señor Lopera, carecía de la motivación legalmente necesaria, y por lo tanto las actuaciones se remitirán al juzgado de instrucción para que continúe la tramitación de la causa por los presuntos delitos de calumnia e injurias contra el señor Galera, y en todo caso se dicte la resolución que sea ajustada a derecho y en la forma establecida en el artículo 248.2 LOPJ”.
Fuente:
http://www.alfinaldelapalmera.com/index.php?option=com_content&task=view&id=5043&Itemid=38[url][/url]